El Estatuto de los Trabajadores ampara el derecho de los trabajadores a ir a la huelga. Por otro lado y ante este derecho, el empleador puede no pagar el tiempo no trabajado por este motivo.
Restar el día de trabajo implica que también serán restadas todas las percepciones calculadas con respecto al tiempo trabajado como por ejemplo la parte proporcional de las pagas extras.
Así pues, un trabajador con un sueldo mensual bruto de 1.000 €, verá reducida su retribución por causa de la huelga en 38,89 €, 33,33 se le restará de la nómina del mes y 5,56 de la paga extra.
Opinión
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